prevenirme quanto juzgue, y estime conveniente.—Dios gue. la vida de V. S. ms. as.—Havana 22 de Junio de 1781.—B. L. M. de V. S. Su mas atento y sego servidor.—Dn. Luis Huet.—Sor. Dn. Juan Manl, de Cagigal.
No 8 Capítulos que deven observarse imbiolablemente por el Oficial Comandante y tropas del Destamento. Primeramente la expresada Guardia ó destamento compuesto de un oficial subalterno y treinta hombres mantendrá un sentinela de dia, y tres de noche, y estando á mis ordenes la tropa del Destacamento, lo estará también en mi ausencia á las del Yngeniero de trabajo que es mi subdelegado.
La sentinela de las Armas estará con la mayor Vigilancia sin dejar arrimar en el Cuerpo de Guardia á ningún forzado. De qualquier novedad que notare, de
prevenirme cuanto juzgue y estime conveniente. Dios guarde la vida de Vs. muchos años. Habana, 22 de junio de 1781. B. L. M. de Vs., su más atento y seguro servidor. D. Luis Huet. Señor D. Juan Manuel de Cagigal.
8.— Capítulos que deben observarse inviolablemente por el Oficial Comandante y Tropas del Destacamiento. Primeramente la expresada Guardia o Destacamento compuesta de un oficial subalterno y treinta hombres, mantendrá un centinela de día, y tres de noche y estando a mis órdenes la tropa del Destacamento, lo estará también, en mi ausencia, a las del ingeniero de trabajo que es mi subdelegado.
La centinela de las armas estará con la mayor vigilancia, sin dejar arrimar en el Cuerpo de Guardia a ningún forzado. De cualquier novedad que notare de