NOTA: Oficio que dirige el Teniente Coronel Francisco de Miranda a Luis de Unzaga, Gobernador de la Habana.
Teniente Corl. Dn. Franco. de Miranda en la mejor forma de derecho, parezco ante V. S. y digo que para los efectos que me combengan, se ha de servir V. S. mandar que Dn. José de Montesinos, juramentado en forma declare, si no es cierto, que el año pasado de setecientos ochenta y uno, en ocasión en que se hallava en esta Plaza el Genl. Campbell de transito pr NewYork, le acompañó una tarde pr. modo de paseo en el Coche del Exmo. Sor. Govor. Dn. Juan Manl, de Cagigal á la Fortificason, del Castillo del Principe, extramuros de la Ciudad; y si iba con dicho Genl, algún otro sugeto Español Militar, ó Paisano, individualizándolo pr. su nombre Apelativo; que se cometa; y evacuada se me entregue original con los Testimonios que pidiere authorizados en forma que pagaré sus devidos derechos : por tanto A V. S. suppco. se sirva mandar hazer según pido con justicia, juro no ser de maldad, y en lo necesario etc.
Otro Si: Para el mismo efecto, sírvase V. S. disponer que los oficios que presento se reconozcan con la misma ritualidad pr. Sus Autores, exponiendo si las firmas que los valorizan, son de su puño y letra, y cierto el contenido á qe. Se refieren : que se cometa igualmte. Y evacuado se me debuelban: pido ut supra.
Franco. De Miranda.
NOTA: Oficio que dirige el Teniente Coronel Francisco de Miranda a Luis de Unzaga, Gobernador de la Habana.
Teniente Coronel Don Francisco de Miranda, en la mejor forma de derecho, parezco ante Vs. Y digo que para los efectos que me convengan, se ha de servir Vs. Mandar que Don José de Montesinos, juramentado en forma, declare si no es cierto que el pasado año de setecientos ochenta y uno, en ocasión en que se hallaba en esta Plaza el General Campbell, de tránsito para Nueva York, le acompañó una tarde por modo de paseo en el coche del Excmo. Señor Gobernador Don Juan Manuel de Cagigal, a la fortificación del Castillo del Príncipe, extramuros de la ciudad; y si iba con dicho General algún otro sujeto español, militar o paisano, individualizándolo por su nombre apelativo; que se cometa y evacuada, se me entregue original con los testimonios que pidiere autorizados en forma, que pagaré sus debidos derechos. Por tanto, a Vs. Suplico se sirva mandar hacer según pido con justicia; juro no ser de maldad y en lo necesario, etc.
Otro Si: para el mismo efecto, sírvase Vs. Disponer que los oficios que presento, se reconozcan con la misma ritualidad por sus autores, exponiendo si las firmas que los valorizan son de su puño y letra, y cierto el contenido a que se refieren. Que se cometa igualmente y evacuado, se me devuelvan, pido ut supra.
Francisco de Miranda.