Dn Manuel de Salas, thesorero propietario, y D. Juan Vicente de Bolívar, Contador interino, oficiales de la Rl Hacda de esta Provincia de Venezuela.
Certificamos: que D. Sebastian Francisco de Miranda, vecino de esta ciudad, no es deudor por respecto alguno à la Rl Hacienda de nuestro cargo, y que en todos los asumptos, y ocurrencias del Rl Servicio a que le hà tocado asistir, hà concurrido con todo celo, actividad y esmero, de que nos consta; y por ello de su pedimento para los efecttos que le convengan, le damos la presente, que firmamos en Caracas à quatro de Enero de mil settecienttos settentta y uno.
Manuel de Salas Juan Vizente de Bolívar.
Damos fee: que los Señores Dn Manuel de Salas, y Dn Juan Vicente de Bolívar de quienes aparese firmada la Certificacion anttecedente; son tales oficiales de la Real Hazienda de estta Prova como se tittulan: Y para que constte lo firmamos en
Don Manuel de Salas, Tesorero propietario, y Don Juan Vicente de Bolívar, Contador interino, oficiales de la Real Hacienda de esta Provincia de Venezuela.
Certificamos: que Don Sebastián Francisco de Miranda, vecino de esta ciudad, no es deudor por respecto alguno a la Real Hacienda de nuestro cargo, y que en todos los asuntos, y ocurrencias del Real servicio a que le ha tocado asistir, ha concurrido con todo celo, actividad y esmero, de que nos consta; y por ello de su pedimento para los efectos que le convengan, le damos la presente, que firmamos en Caracas a cuatro de Enero de mil setecientos setenta y uno.
Manuel de Salas Juan Vicente de Bolívar.
Damos fe: que los Señores Don Manuel de Salas y Don Juan Vicente de Bolívar, de quienes aparece firmada la Certificación antecedente; son tales oficiales de la Real Hacienda de esta Provincia, como se titulan: Y para que conste lo firmamos en