Colombeia

calidad, meritos, conducta, valor, y experiencia militar que havia acreditado en el Rl servicio: Qué a los Soldados de su Compañía havía armado à sus espensas, y además socorridoles en un todo de quanto necesitaban, de forma que dha su Compañía era la unica que entre todas se presentaba al Rl Servicio y rebistas con mas lucimiento, explendor y destreza en el manejo de las Armas, y evoluciones, como resulta de Certificación dada Pr Dn Josef Serrano, Ayudante Mayor de las Compañías de Milicias de dha Ciudad de Caracas en virtud de mandato del Sor Govor de ella, la qual esta ingerida en dho testimonio original: Que por Rl Cédula despachada en San Ildefonso a doce de Septiembre de mil setecientos y setenta firmada de la Rl mano de S. M., refrendada de D. Thomas del Mello su Srio, y a consulta del Rl Consejo de Indias se dignó S. M. aprobar el retiro concedido al expresado D. Sebastian de Miranda por el Governador y Capitan Gral de la Provincia de Venezuela con el goze a todas las preheminencias, esempciones, fueros y prerrogativas que le corresponden como tal Capitan reformado, y el permiso de que pueda llebar Baston y vestir el uniforme del nuevo Vatallon de Milicias de aquella Provincia, en atención al zelo y amor con que siempre havía procurado el Rl Servicio:

calidad, méritos, conducta, valor y experiencia militar que había acreditado en el Real servicio: Que a los Soldados de su Compañía había armado a sus expensas, y además socorrídoles en un todo de cuanto necesitaban, de forma que dicha su Compañía era la única que entre todas se presentaba al Real Servicio y revistas con más lucimiento, esplendor y destreza en el manejo de las Armas y evoluciones, como resulta de Certificación dada por Don Josef Serrano, Ayudante Mayor de las Compañías de Milicias de dicha Ciudad de Caracas, en virtud de mandato del Señor Gobernador de ella, la cual está ingerida en dicho testimonio original: Que por Real Cédula despachada en San Ildefonso a doce de Septiembre de mil setecientos y setenta firmada de la Real mano de S. M., refrendada de Don Thomás del Mello, su Secretario, y a consulta del Real Consejo de Indias se dignó S. M. aprobar el retiro concedido al expresado Don Sebastián de Miranda por el Gobernador y Capitán General de la Provincia de Venezuela, con el goce a todas las preeminencias, exenciones, fueros y prerrogativas que le corresponden como tal Capitán reformado, y el permiso de que pueda llevar Bastón y vestir el uniforme del nuevo Batallón de Milicias de aquella Provincia, en atención al celo y amor con que siempre había procurado el Real Servicio: