Diliga.
En la Ciudad de Caracas en veinte de dho mes y año, yo el Escno en virtud de lo determinado y mandado en Cavdo. celebrado en el dia diez y nueve del corriente copie la Rl Cédula, Diliga de posecion, escrito, y auto en el Libro copiador de Rs Cedulas y titulos, y pa qe conste lo pongo por diliga de que doy fee. —Therreros.— Escno.
Corresponde con la acta y diliga. originales de su contenido que por ante mi han pasado a que me remito, y en cumplimto de lo mandado, pa entregar a Dn Sevastian de Miranda hize sacar esta copia en esta foxa de papel de sello quarto y en fe de ello la signo y firmo en Caracas a veinte y uno de Noviembre de mil setecientos y setenta as.
En testimo De verdad.
Dros Aranz Manuel de Therrero
Escribano Público
Diligencia.
En la Ciudad de Caracas en veinte de dicho mes y año, yo, el Escribano, en virtud de lo determinado y mandado en Cabildo celebrado en el dia diez y nueve del corriente, copié la Real Cédula, Diligencia de posesión, escrito y auto en el Libro copiador de Reales Cedulas y titulos, y para que conste lo pongo por diligencia de que doy fe. —Therreros.— Escribano.
Corresponde con la acta y diligencia. originales de su contenido que por ante mí han pasado, a que me remito, y en cumplimiento de lo mandado, para entregar a Don Sebastián de Miranda, hice sacar esta copia en esta hoja de papel de sello cuarto y en fe de ello, la signo y firmo en Caracas a veinte y uno de Noviembre de mil setecientos y setenta años.
En testimonio de verdad
Derechos Arancelarios Manuel de Therrero
Escribano Público