yo del mando de las Fuerzas Navales, que privativamente me tiene declarado Su Majestad en su Real Instrucción, expedida a 9 de agosto del próximo año pasado de 1776.
En consecuencia fue Vuestra Excelencia dado a reconocer en la Escuadra por Vi-rrey, Gobernador, y Capitán General de estas Provincias, y en el Navío de mí destino se recibió el santo que dio Vuestra Excelencia por condescendencia mía, y procurar la buena armonía tan encargada por Su Majestad, sin embargo de no tener conexión, este acto con la Escuadra, y Convoy, que con arreglo a Ordenanza le traían reservado, desde Cádiz.
El Artículo 1º, Título 1º, Tratado 3º de las Ordenanzas de Marina, sólo trata de la correspondencia de Grados de los Oficiales del Ejercito con los de la Armada, pero nada dice, en punto a honores, y saludos, de los Virreyes, y Capitanes Generales ni del Ejercito ni de la Armada, que Vuestra Excelencia cita, cuyo particular está declarando bien distin-tamente en otros lugares de las Ordenanzas que Vuestra Excelencia no había registrado, y se los haré ver.
Es innegable que en el Artículo 13 del Título 2º manda Su Majestad que a los Capi-tanes Generales y demás Oficiales Generales del Ejercito se hagan los honores, que por su graduación les corresponde, del mismo modo que a los de Marina; y siendo estos terminan-tes, según los antecedentes artículos del mismo Título, para los hombres de armas. Nunca tuve duda de los que, por esta regla han correspondido, y corresponden ahora a Vuestra Excelencia, acreditando con la práctica de los que se le han hecho a Vuestra Excelencia todas las ocasiones de entrar o salir en algún Buque de la Escuadra.
En este concepto estoy tan distante de haber defraudado a Vuestra Excelencia el honor de Virrey, y Capitán General que, por Ordenanza le corresponde, que no alcanzo los fundamentos, en que Vuestra Excelencia pueda apoyar semejante proposición.
La Insignia de Capitán General con que Vuestra Excelencia entró
yo del mando de las Fuerzas Navales, que privativamente me tiene declarado Su Majestad en su Real Instrucción, expedida a 9 de agosto del próximo año pasado de 1776.
En consecuencia fue Vuestra Excelencia dado a reconocer en la Escuadra por Virrey, Gobernador y Capitán General de estas Provincias, y en el Navío de mí destino se recibió el santo que dio Vuestra Excelencia por condescendencia mía, y procurar la buena armonía tan encargada por Su Majestad, sin embargo de no tener conexión este acto con la Escuadra y Convoy, que con arreglo a Ordenanza, le traían reservado desde Cádiz.
El Artículo 1º, Título 1º, Tratado 3º de las Ordenanzas de Marina, sólo trata de la correspondencia de Grados de los Oficiales del Ejercito con los de la Armada, pero nada dice, en punto a honores y saludos de los Virreyes y Capitanes Generales, ni del Ejército, ni de la Armada que Vuestra Excelencia cita, cuyo particular está declarando bien distintamente en otros lugares de las Ordenanzas que Vuestra Excelencia no había registrado, y se los haré ver.
Es innegable que en el Artículo 13, del Título 2º, manda Su Majestad que a los Capitanes Generales y demás Oficiales Generales del Ejército se hagan los honores, que por su graduación les corresponde, del mismo modo que a los de Marina; y siendo estos terminantes, según los antecedentes artículos del mismo Título, para los hombres de armas. Nunca tuve duda de los que, por esta regla han correspondido y corresponden ahora a Vuestra Excelencia, acreditando con la práctica de los que se le han hecho a Vuestra Excelencia todas las ocasiones de entrar o salir en algún Buque de la Escuadra.
En este concepto estoy tan distante de haber defraudado a Vuestra Excelencia el honor de Virrey y Capitán General que, por Ordenanza le corresponde, que no alcanzo los fundamentos, en que Vuestra Excelencia pueda apoyar semejante proposición.
La Insignia de Capitán General con que Vuestra Excelencia entró