servicio qe. no pide disimulación el corregir las deja á mi prudencia la mortificacn. que juzgue convente. imponer á Vm.; pero para que esto no trascienda, me sugeto solo en advertirle con reserva, que en adelante observe mejor lo mandado.—Dios gue. á Vm. m8. as Havo 21 de Junio de 1781.—Dn. Luis Huet.—Sor. Oficl. del Destacamento del Fuerte Principe.
No 7 Mui Sor. mió: En Oficio de 20 del Corrte. se sirve V. S. significarme, no considera bastante á llenar la obligación las razones en que motiva el Ingeniero Dn. Alexandro Mendiola, no haver impedido viesen las obras del Fuerte del Principe, los sugetos que expliqué á V. S. en oficio de igual fha., respecto á que devia preceder Orn. de V. S. por escrito, y que siendo la materia de las mas delicadas del servicio, que no pide disimulación el corregirlas, deja V. S. á mi prudencia, la mortificasion que
servicio, que no pide disimulación el corregirlas, deja a mi prudencia la mortificación que juzgue conveniente imponer a Vm., pero para que esto no trascienda, me sujeto sólo en advertirle, con reserva, que en adelante observe mejor lo mandado. Dios guarde a Vm. Muchos años. Habana, 21 de junio de 1781. D. Luis Huet. Señor Oficial del Destacamento del Fuerte Príncipe.
7.— M uy señor mío: En oficio de 20 del corriente se sirve Vs. Significarme no considera bastante a llenar la obligación las razones en que motiva el ingeniero D. Alejandro Mendiola, no haber impedido viesen las obras del Fuerte del Príncipe, los sujetos que expliqué a Vs. En oficio de igual fecha, respecto a que debía preceder orden de Vs. Por escrito, y que siendo la materia de las más delicadas del servicio, que no pide disimulación el corregirlas, deja Vs. A mi prudencia la mortificación que