Colombeia

Parlamentarios, qe. me párese es cuanto ellos pueden apeteser, y yo desear para mi asierto bien qe. no es mi animo perjudicar de ningún modo mi jurisdicción: Dios gue a V. Exa ms. as. como deseo. Havana 24 de Dizre. de mil setecientos ochenta y uno.—Exmo. Sor. B. L. mo de V. E. su mas atento y seguro servidor.—Juan Ygno de Urriza.—Exmo Sor. D. Juan Manl. Cagigal. Nº 18. Mui Sor. Mió: Anclado en este Puerto el Bergantín Puerco espin en que llego de Flagatrus á Batabanó el Teniente Coronel D. Franco. De Miranda, debe descargar los Cajones de losa, y muebles qe. Los guardas desembarcaron en Batabanó, y el Comandante de aquel fuerte hizo reembarcar. Estos son parte la Concecion qe. Por asumpto del Rl. Servicio, he franqueado a individuo qe. Lo verificó, y no se trajo con lo que fue depocitado en el Castillo de la Punta por quebradiso, y de incomoda conducción terrestre a el paso que la facilitaba por mar, el destino del Buque á este puerto.—En su consequencia dispondrá V. S. qe. Se desembarquen en el dia de mañana (por necesitarse su buque) con las precausiones qe. Sabe V. S. y me han recomendado combienen en estas materias qe. Poniéndose en uno de los Almasenes secretos que también me dise V. S. tiene, se reconoscan, y tasen por el Administrador, y vista D. Josef Andrade, y se entreguen a el sugeto qe. Con el Escrivano de Gobierno asisti
Parlamentarios, que me parece es cuanto ellos pueden apetecer, y yo desear para mi acierto, bien que no es mi ánimo perjudicar de ningún modo mi jurisdicción. Dios guarde a V. E. muchos años, como deseo. Habana, 24 de diciembre de 1781. Excmo. Señor, B. L. M. de V. E. su más atento servidor. Juan Ignacio de Urriza. Excmo. Señor Don Juan Manuel Cagigal. Nº.—18. Muy señor mío: Anclado en este puerto el bergantín "Puerco Espín", en que llegó de Flagatrus a Batabanó el Teniente Coronel Don Francisco de Miranda, debe descargar los cajones de loza y muebles que los guardas desembarcaron en Batabanó, y el Comandante de aquel Fuerte hizo reembarcar. Estos son parte de la concesión que por asunto del Real servicio he franqueado al individuo que lo verificó, y no se trajo con lo que fue depositado en el Castillo de la Punta, por quebradizo y de incómoda conducción terrestre, al paso que la facilitaba por mar el destino del buque a este Puerto. En su consecuencia dispondrá Vs. que se desembarquen en el día de mañana (por necesitarse su buque) con las precauciones que sabe Vs. y me han recomendado convienen en estas materias, que poniéndose en uno de los almacenes secretos, que también me dice Vs. tiene, se reconozcan y tasen por el Administrador y vista D. José Andrade, y se entreguen al sujeto que con el Escribano de Gobierno asisti