la Sta Iglesia Cathedral de esta Ciudad como Parrochos proprios de esta parte, certifiquen á continuacion de este escripto lo que les constare sobre el contenido de el
Dor Valenzuela.
Proveyolo el Sr. Juez Provor y Vicario Gen1 de este Obispado, sede plena, que lo firmó en Caracas a quatro de Enero de mil settets settentta y uno.
Antemi
Nicolas de Jauregui.
Nott°. Puco.
Los Curas Rectors del Sagrrio de esta Sta Iga. Cathl de la ciud Mariana de Caracas: en virtud del Decreto qe antecede del Sor Provor y Vicario Gral de este Obpdo. en el mejor modo qe podemos, y por Dro debemos, certificamos para donde convenga, y a los Tribunales, y señores qe la presente vieren: qe Dn Sebastian Franco de Miranda es nat. de esta dha ciud y ntro feligres, y como
la Santa Iglesia Catedral de esta ciudad, como Párrocos propios de esta parte, certifiquen a continuación de este escrito lo que les constare sobre el contenido de él
Dr. Valenzuela.
Proveyólo el Señor Juez Provisor y Vicario General de este Obispado, sede plena, que lo firmó en Caracas a cuatro de Enero de mil setecientos setenta y uno.
Ante mí.
Nicolás de Jáuregui.
Notario Público
Los Curas Rectores del Sagrario de esta Santa Iglesia Catedral de la ciudad Mariana de Caracas: en virtud del Decreto que antecede del Señor Provisor y Vicario General de este Obispado, en el mejor modo que podemos y por Derecho debemos, Certificamos para donde convenga, y a los Tribunales y Señores que la presente vieren: que Don Sebastián Francisco de Miranda es natural de esta dicha ciudad y nuestro feligrés, y como