Encarga al Poder Ejecutivo hacer imprimir de inmediato el presente Decreto, y enviarlo por correos extraordinarios a los Comisarios de la Convención y a los Generales de la República.
En nombre de la Repulbica, El Consejo Ejecutivo Provisional manda y ordena a todos los Cuerpos Administrativos y Tribunales, que hagan constar la presente Ley por escrito en sus registros, que se lea, publique, se fije en carteles y se ejecute en sus Departamentos y dependencias.
En testimonio de lo cual, hemos puesto nuestra firma y el sello de la República.
En París, el veintidoseno día del mes de diciembre de mil setecientos noventa y dos, año primero de la República Francesa.
Firmado: Pache
Refrendado: Garat, y el sello de la República.
Imprenta de Guillaume Junior y Pougin
Calle Mazarine, Nº 1.602.