Al segundo dixo: Que asi mismo le consta que el que lo presenta ha sido instruido y aplicado por los dhos sus Padres a las primeras letras y estudios de Artes y que esto lo save por haverlo visto cursar las Aulas del Rl y Seminario Colegio de esta expresada Ciud dando bastantes muestras de su aplicación, idoneidad, y buena conducta y Respde.
Al tercero dixo: Que del propio modo le consta que el que lo presenta, con dha aplicación christianamte frequentando los Santos Sacramtos sin haver dado escándalo ni mala nota de su persona, antes sí se hà mostrado con entereza y honrrosidad: que esto es la verdad en fuerza de su Juramto. En que se afirmó, y ratifico, que es de edad de sesenta y Siete años, y lo firmo de que doy fee.
Dn Ant° Joseph Muñoz Aranguren.—
Ante mi
Joseph Thomas Punzel. Sno Rl.
Tgo. 2º - Incontinenti para dha Información Dn Sebastian Franco Miranda presento por tgo. al Dr Dn Domingo Velasques Presbitero de este Domicilio a quien estando en las Casas de su Morada en virtud de la Comisión que me es conferida, y licencia del Sr ordinario Ecc°
Al segundo dijo: Que así mismo le consta que el que lo presenta ha sido instruido y aplicado por los dichos sus Padres a las primeras letras y estudios de Artes, y que esto lo sabe por haberlo visto cursar las Aulas del Real y Seminario Colegio de esta expresada Ciudad, dando bastantes muestras de su aplicación, idoneidad, y buena conducta, y Responde.
Al tercero dijo: Que del propio modo le consta que el que lo presenta, [siempre ha vivido] con dicha aplicación cristianamente, frecuentando los Santos Sacramentos, sin haber dado escándalo ni mala nota de su persona, antes sí se ha mostrado con entereza y honrosidad: que esto es la verdad en fuerza de su Juramento en que se afirmó, y ratifico, que es de edad de sesenta y Siete años, y lo firmo de que doy fe.
Don Antonio Joseph Muñoz Aranguren.
Ante mí
Joseph Thomas Punzel.- Escribano Real
Testigo. 2º - Incontinenti para dicha Información, Don Sebastián Francisco Miranda presentó por testigo al Dr. Don Domingo Velásques, Presbítero de este Domicilio, a quien estando en las Casas de su Morada en virtud de la Comisión que me es conferida, y licencia del Señor ordinario Eclesiástico,