Colombeia

Papeles concernientes a las negociaciones de Jamaica sobre el cartel de cange de prisioneros entre España e Inglaterra. Año de 1781. Instrucción Reservada No 1. Instrucción reservada del Capitán General de la Isla de Cuba… Se dirigirá Vm. con la posible brebedad por el Puerto del Batabanó al de Kingston en la Jamaica, para pactar, establecer, y concluir con su Governador, y Capitán General un Cartel de Cange formal entre los Subditos de su Magd. Católica, y los de su Magd. Británica, que se bailan Prisioneros en esta Ysla, y la de Jamaica; a fin de procurar por este medio el maior alivio de ambos Vasallos, con la posible ventaja acia los nuestros; para cuio efecto tendrá Vm. presente, quanto ha ocurrido hasta aqui en esta Capitanía General sobre el particular… cuios Documentos se le entregarán a Vm, en mi Secretaria. Tres son los puntos mas principales, y que deven explicar­se explícitamente en dho Cartel. 1o—La gratificación que á los Prisioneros debe pasarse diariamente para su subsistencia en el parage en que se hallen: y la que deva suministrárseles en caso de embarcarse para pasar al Puerto del Cange; con consideración á la Graduación, carácter de las Personas, y carestía del País, &c… 2o—Los Puertos asignados para practicar el Cange, reflexionando la maior comodidad del Pasage, y Transporte de los Prisioneros. 3o—El modo mas oportuno, para que inmediatamente que el Numero de Prisioneros estipulado (sean 20, o 30) esté completo, salga un Parlamentario á conducirlos al Puerto de su destinación. La Carta del General Campbell para el Governador de la Jamaica, instruirá a Vm. De los que se estipuló aquí acerca de los Prisioneros tomados sobre el Misisipi, y Movila; cuio equibalente numero deverá Vm. Recaudar en la Ja
Papeles concernientes a las negociaciones de Jamaica sobre el cartel de canje de prisioneros entre España e Inglaterra. Año de 1781. Instrucción Reservada Nº.—1. Instrucción reservada del Capitán General de la Isla de Cuba… Se dirigirá Vm. Con la posible brevedad por el puerto del Batabanó al de Kingston en la Jamaica, para pactar, establecer y concluir con su Gobernador y Capitán General, un Cartel de Canje formal entre los súbditos de Su Majestad Católica y los de Su Majestad Británica, que se hallan prisioneros en esta isla y la de Jamaica; a fin de procurar por este medio el mayor alivio de ambos vasallos, con la posible ventaja hacia los nuestros, para cuyo efecto tendrá Vm. Presente cuanto ha ocurrido hasta aquí en esta Capitanía General sobre el particular, cuyos documentos se le entregarán a Vm. En mi Secretaría. Tres son los puntos más principales y que deben explicarse explícitamente en dicho Cartel: 1º—La gratificación que a los prisioneros debe pasarse diaria­mente para su subsistencia en el paraje en que se hallen, y la que deba suministrárseles en caso de embarcarse para pasar al puerto del Canje, con consideración a la graduación, carácter de las personas y carestía del país, etc. 2º—Los puertos asignados para practicar el Canje, reflexionando la mayor comodidad del pasaje y transporte de los prisioneros. 3º—El modo más oportuno para que, inmediatamente que el número de prisioneros estipulado (sean 20 o 30) esté completo, salga un parlamentario a conducirlos al puerto de su destinación. La carta del general Campbell para el Gobernador de la Jamaica, instruirá a Vm. De lo que se estipuló aquí acerca de los prisioneros tomados sobre el Misisipí y Movila, cuyo equivalente número deberá Vm. Recaudar en la Ja