(Reservado)
Para que nada pueda detener, generalísimo, la marcha de las operaciones militares que el gobierno federal os tiene confiadas, ha acordado que no solamente estén á vuestra disposición los fondos nacionales para cubrir los gastos públicos de la campaña, más también para los reservados que puedan originarse de la gratificación de espías que tengáis á bien destinar cerca del enemigo ó á los puntos que tiene ocupados, ó á otra de cualquiera especie. El objeto del gobierno al comunicaros esta resolución es el de relevaros de toda especie de traba ó limitación, y desde ahora aprueba el uso que hagáis de estas cantidades y en los modos, ó términos que más conveniente os parezca. Espera sí, que le comuniquéis reservada ó públicamente de estas operaciones aquellas de que importe al gobierno tener algún conocimeinto, y las noticias que le proporcionen algunas satisfacciones.
Dios os guarde m. a.
A. Muñoz Tebar.
Victoria, mayo 4 de 1812, II de la República.
Honorable Ciudadano Francisco De Miranda,
Generalísimo De Las Armas De Las Repúblicas
Confederadas De Venezuela.